Marcelo Arancibia: «Los empleados públicos provinciales pueden ser despedidos con la misma ley de despidos que en el sector privado».
Luego de la aprobación de la Ley Bases, son muchas las dudas generadas por la denominada “Reforma Laboral” impulsada en ese documento.
En comunicación telefónica con ESTACION CLARIDAD, Marcelo Arancibia, abogada especialista en temas laborales dejó conceptos sobre las modificaciones de importancia para los trabajadores de ámbito público y privado de la Argentina.
“Sí, hay reformas importantes en al menos tres universos que interesan a los trabajadores argentinos y sanjuaninos en particular”.
«No olvidemos que casi la mitad de los trabajadores argentinos son trabajadores informales. Por lo pronto podemos decir que el sistema vigente, no ha sido lo suficientemente bueno como para poder incorporar a toda esa cantidad de trabajadores al sistema registrado, a los fines de no solamente evitar el fraude laboral, sino que también esto repercute en la cuestión previsional, porque el sistema previsional argentino depende directamente de la cantidad de trabajadores que estén registrados”.
Centrando sus conceptos en la Ley Bases, Arancibia dijo que “La ley se refiere a los empleos públicos y establece que dentro de los súper poderes que se le han dado al Presidente para eliminar o agrupar organismos nacionales, los trabajadores de esas reparticiones pueden quedar en disponibilidad en un plazo de 12 meses. Si en esos 12 meses no son derivados a otro trabajo dentro del ámbito nacional o no hay convenios con las provincias para trasladarlo al régimen, los empleos públicos provinciales pueden ser despedidos, con la misma ley de despidos que la de un trabajador del sector privado”.
Además, Arancibia brindó precisiones sobre algunos otros puntos dentro de la ley, por ejemplo “se ha modificado también lo que hace a los empleos públicos, ya que se van a respetar las licencias por enfermedad, maternidad y por licencia sindical”. Y eso es importante decirlo, porque en San Juan hay muchos empleados públicos del ámbito nacional de reparticiones que algunas ya han sido intervenidas o cerradas, como el ENACOM, que seguramente están esperando novedades de si esta ley se va a aprobar en estos términos o no”.
El “segundo universo también muy importante, y son los monotributistas, siendo esta una manera de flexibilizar las relaciones laborales, tanto en el ámbito público como privado.
En el monotributo lo que se ha hecho es aumentar el límite para facturar al empleador de 11 millones a 68 millones de pesos al año, con distintas categorías. Esto es bueno porque la inflación y la devaluación habían atrasado esas escalas y muchos monotributistas que superaban en sus categorías el monto establecido quedaban fuera de la relación laboral”.
Otro ítem destacado en la entrevista fue que “se ha modificado el monotributo social, que es muy habitual para empleos en la provincia de San Juan en materias previstas”.
Y en cuanto al “sector privado se ha modificado algunos aspectos. En diputados se había decidido que el periodo de prueba iba a ser de seis meses. Esto se ha llevado a tres meses y el Senado lo ha llevado como regla general a seis meses, pudiendo por convenios colectivos extenderlo, pero no deducirlo.
Y se ha fijado para las empresas que tienen de seis a cien trabajadores un periodo de prueba de ocho meses, y para empresas pequeñas, minipymes de hasta cinco empleados; llevar el periodo de prueba a un año.
En ese periodo de prueba lo que puede hacer el empleador, en caso de que considerar que el trabajador no es lo que había necesitado, o el mismo trabajador, si considera que no era el empleo que él aspiraba, el despido se puede hacer sin causa y sin pago de indemnización.
Siendo este un punto polémico de la reforma, Arancibia destacó que “hay que asegurarse de que esta herramienta no sea utilizada como una manera de rotación de los trabajadores y de esa forma, generar un fraude laboral para no tener que asumir el costo de los despidos sin causa, que es una indemnización”.
Respecto a “ese tema de indemnización lo que también se ha establecido en el Senado es un sistema de despido muy semejante al de los trabajadores de la construcción. Que es “un fondo de reserva por el cual cuando cesa la relación laboral sin causa, en vez de pagar el empleador una indemnización, lo que va a hacer es el pago en cuotas en un foro de reserva”.
Por ultimo, “la tercera y última reforma muy importante que se ha hecho es una moratoria para los empleadores que no han pagado, tienen mal registrados o no tienen registrado a los trabajadores; sin los aportes sociales y patronales.
Esto es muy delicado porque para el trabajador significa la posibilidad de que se le reconozca en el ámbito previsional hasta 60 meses de lo trabajado. Entonces, “el que trabajó en negro más de 60 meses, perderá esos años a los fines previsionales”.
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