
Dr. Gaston Noguera (Vicuña vs. La Rioja): “La declaración de impacto ambiental es perfectamente válida para el territorio de San Juan, pero no para La Rioja.”
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El conflicto judicial en torno al proyecto minero Vicuña continua transcurriendo en el tiempo. El abogado ambientalista y director de Asuntos Ambientales de la Fiscalía de Estado, Gastón Noguera Ramos, analizó en ESTACION CLARIDAD la situación de la medida adoptada por la justicia riojana, dejando en claro desde el inicio que la provincia de San Juan aún no fue formalmente notificada. “Nosotros no hemos recibido ningún tipo de notificación ni absolutamente nada; tengo nada más datos periodísticos, no conozco el fallo”, advirtió el letrado.
Aun así, desde su rol como especialista, Noguera no esquivó el análisis de fondo y puso el foco en la decisión judicial que ordenaría la suspensión de actividades. “Suspender la actividad, desde mi punto de vista, me parece un fallo que excede por ahí de alguna manera la competencia”, sostuvo, al tiempo que remarcó que se trata de una medida extrema dentro del derecho ambiental. En esa línea, profundizó en que “Paralizar una actividad es lo máximo que puede pedir un magistrado, me parece que se ha ido por lo más y no se ha ido por lo menos”, sugiriendo que podrían haberse aplicado alternativas intermedias antes de llegar a ese punto.
El especialista también introdujo una distinción técnica clave para comprender el debate, que es la diferencia entre impacto y daño ambiental. “Impacto tiene cualquier tipo de actividad, pero eso no quiere decir que hay un daño”, explicó Noguera, en referencia a uno de los ejes centrales de las discusiones judiciales. Bajo esa lógica, advirtió sobre el uso de herramientas legales como el principio precautorio, que permite actuar ante la mera posibilidad de daño, diciendo que “El principio precautorio tiene que tener proporcionalidad en la medida… si la sanción no es proporcional, no me parece que se deba aplicar”, expresó.
En cuanto al planteo de La Rioja, Noguera reconoció que podría haber fundamentos parciales, especialmente en lo vinculado al tránsito y la logística del proyecto fuera de San Juan. “Si hay un límite muy cercano y los impactos o la posibilidad de daño se puede dar en el territorio de la provincia de La Rioja, la provincia podría exigir eso”, explicó. Sin embargo, fue categórico al diferenciar ese punto de la actividad minera en sí, ya que “La declaración de impacto ambiental es perfectamente válida para el territorio de San Juan, no para La Rioja”.
Finalmente, el abogado insistió en que “Siempre tiene que haber una ponderación de intereses; no solamente la empresa, sino la sociedad”, afirmó, aludiendo al impacto económico y social que también implica la actividad minera. En ese contexto, dejó una advertencia sobre los riesgos de sobreactuar en nombre del ambiente, al indicar que “No se puede bastardear un principio que realmente tiene un significado loable, no para utilizarlo como una muletilla”.
Con un análisis técnico pero también político, Noguera dejó planteado un escenario abierto, atravesado por tensiones interjurisdiccionales, interpretaciones legales y demasiados interrogantes sobre la continuidad de este conflicto.
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