PortadaSan Juan

Causa acueducto: por falla de los fiscales una jueza no otorgó 90 días más para investigar

La jueza Mónica Lucero indicó que para otorgar 90 días más de investigación previa a la formalización, todas las partes deben ser informadas.

Tal como lo anticipó Estación Claridad el 15 de Mayo Pasado, los fiscales Sebastián Gómez y Francisco Pizarro solicitarían 90 días de investigación previa antes de decidir si formalizaban, archivaban o desestimarán la denuncia del abogado Marcelo Arancibia por presuntos actos de corrupción en torno a la mega obra del acueducto Gran Tulum.

La decisión de no otorgar por parte de la jueza Mónica Lucero ese pedido de prórroga, se debe a un pedido de audiencia del abogado Nasser Uzair solicitada la semana pasada.

Por esa presentación, la jueza advirtió que el sistema acreditó dos futuros presuntos sospechados y en pos de garantizar el debido proceso legal y no vulnerar el derecho de defensa en juicio, suspendió la audiencia.

Sebastían Gómez. Fiscal de la causa.

El letrado es representante legal de dos ex funcionarios uñaquistas (Guillermo Sirerol y Sergio Ruiz) que se sintieron aludidos por la investigación y decidieron contratar los servicios de Uzair por considerarse presuntos imputados a futuro.

El pedido de audiencia del abogado se funda en la necesidad de ser informado por parte de los fiscales de todo lo actuado en la etapa de investigación previa a la formalización.

Artículo 339 / Código de procedimiento penal

Respecto del control judicial anterior a la formalización de la investigación penal preparatoria: Previo a la formalización de la investigación penal preparatoria, el imputado o la víctima que solicitó constituirse en parte querellante pueden pedir al fiscal información sobre los hechos que son objeto de la investigación, así como sobre las diligencias practicadas y las pendientes de ejecución. En caso de que el representante del Ministerio Público Fiscal se oponga al pedido pueden solicitarlo al juez, quien debe resolver en audiencia luego de oír por separado a las partes. En esa oportunidad, el juez puede establecer el plazo en el que el representante del Ministerio Público Fiscal debe formalizar la investigación penal preparatoria.

Esto forma parte de una estrategia por parte de Uzair haciendo uso pleno del Código de Procedimiento Penal. Y es que el artículo 122 del código aludido permite que toda persona sospechada tiene derecho de presentarse ante el fiscal, proporcionar información a los fiscales, ofrecer pruebas y sobre todo ejercer el derecho de defensa como futuros imputados, en este caso Sirerol y Ruiz.

Y justamente los fiscales intervinientes en la investigación no informaron a Uzair lo actuado hasta el momento frente a la presentación espontánea de Sirerol y Ruiz.

Una de las observaciones del abogado parte del proceso, es que los días para la investigación previa no son días hábiles sino corridos y en caso que la jueza Lucero hubiera otorgado la prórroga solicitada por los fiscales, Uzair iba a plantear la nulidad de lo resuelto por la jueza.

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba