
Ley de Glaciares: realizarán audiencias públicas antes de avanzar con la reforma
La diputada nacional Nancy Picón aseguró que el proceso buscará garantizar la participación y el debate de todos los sectores involucrados.
La diputada nacional Nancy Picón informó que, antes de avanzar con una eventual reforma de la Ley de Glaciares, se llevarán a cabo audiencias públicas para analizar la iniciativa y escuchar las distintas posiciones sobre el tema.
La legisladora explicó que el objetivo es abrir un espacio de debate donde puedan participar especialistas, representantes de distintos sectores productivos, organizaciones ambientales y la ciudadanía en general. De esta manera, se busca garantizar un proceso de discusión amplio y transparente antes de cualquier modificación normativa.
Picón señaló que la instancia de audiencias permitirá evaluar los alcances de la legislación vigente y las posibles propuestas de cambio, teniendo en cuenta tanto la protección ambiental como el desarrollo de las actividades productivas vinculadas a las zonas cordilleranas.
En ese sentido, destacó la importancia de generar consensos y contar con información técnica y social antes de avanzar en el tratamiento legislativo de una eventual reforma de la Ley de Glaciares.
Los puntos clave de la Ley de Glaciares
El proyecto de reforma a la Ley 26.639 de Presupuestos Mínimos para la Protección de Glaciares y del Ambiente Periglacial busca redefinir el alcance de las zonas protegidas para permitir tareas de exploración y explotación económica en determinadas áreas periglaciares que actualmente están blindadas e inhabilitadas para actividades extractivistas e industriales.
El proyecto busca eliminar la prohibición automática de actividades extractivas en las áreas periglaciales, con el fin de que se autorice el desarrollo de actividades económicas siempre y cuando estén aprobadas por evaluación de impacto ambiental. Además, le transfiere facultades a las provincias para decidir qué zonas proteger y cuáles no, reduciendo la injerencia de la administración central.
Los bloques de la oposición dura y organizaciones ambientalistas rechazan la reforma debido a que quedaría sin efecto la prohibición de actividades que puedan afectar la condición natural de áreas consideradas reservas estratégicas de recursos hídricos que son vitales para el consumo humano, para la biodiversidad y para el equilibrio climático.
La iniciativa oficial introduce una precisión al hablar de las “formas periglaciares”, y alienta a distinguir entre aquellas que cumplen funciones de “reservas estratégicas de recursos hídricos y proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas” de aquellas que no necesariamente cumplen dicha finalidad y son aptas para la utilización económica. Esto significa que con la nueva ley no todo el territorio periglaciar quedaría a salvo de explotación económica, sino solo aquellas formaciones que tengan una función hídrica comprobable.
Qué son los periglaciares y cómo se verían afectados con la reforma de la ley
La normativa actual, que data del 2010, protege tanto los glaciares visibles como las formaciones periglaciares, las cualesestán constituidas por una mezcla suelos congelados de agua dulce, roca y sedimentos.
Se trata de ecosistemas muy fríos de alta montaña, reservorios de agua dulce habitualmente cercanos a glaciares, que se caracterizan por tener suelos congelados o saturados de agua y juegan un rol importante en la regulación del equilibrio hídrico y geomorfológico.
Con la modificación propuesta, se mantiene la prohibición para el desarrollo de actividades económicas en glaciares pero se abre una puerta para desarrollar proyectos de inversión en áreas que no tengan una función hídrica fehaciente.
El proyecto crea el Inventario Nacional de Glaciares, cuya confección y funcionamiento estará a cargo del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), con la coordinación de la Secretaría de Energía, que es la autoridad de aplicación. A través del inventario, el organismo técnico deberá individualizar glaciares y formas periglaciares en el territorio nacional, y sobre éstas últimas deberá diferenciar entre las que cumplen con la función hídrica de las que no.









