
La Cámara Civil rechaza por unanimidad la apelación de Gustavo Monti contra Benmuyal
La Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minería de San Juan ha confirmado, por voto unánime de sus tres jueces, Carlos Fernández Collado, Sergio Saffe Peña y Abel Soria, el rechazo a la apelación presentada por Gustavo Horacio Monti contra Osvaldo Ernesto Benmuyal, ratificando así la sentencia de primera instancia que desestimó la demanda por daños y perjuicios.
El recurso de Monti, defendido por el abogado Castro Gabaldo, y asesorado a su vez por el afamado jurista López Mesa buscaba anular el fallo anterior argumentando supuestas nulidades procesales y una incorrecta valoración de la prueba.
Este fallo de Cámara reafirma la decisión inicial del Dr. Rollán, quien ya había sentado las bases del conflicto al señalar el vínculo del actor con el Estado y su incremento patrimonial.
El juez de primera instancia había establecido que «En autos, el asunto que dio origen a las presentes actuaciones, si bien comprende a un particular, se refieren en las expresiones vertidas por el periodista Benmuyal, al actor como beneficiado (él o su empresa) con numerosas licitaciones del Estado Provincial y Municipal, por lo que reviste un indudable interés público.»
Además sobre su enriquecimiento personal, señalado por Benmuyal en su oportunidad, el fallo inicial destacó que el actor «durante el periodo comprendido entre los años 2009 a 2022 aproximadamente, aumentó de manera significativa su patrimonio…»
La Cámara desestimó además los supuestos agravios sobre la prueba testimonial, manteniendo la postura original respecto a la testigo clave. Sobre el testimonio de María Silvia Martín, el Dr. Rollán había concluido que, si bien existía una relación personal, la testigo «no ha declarado en esta causa con el deliberado ánimo de perjudicar al actor, sino, simplemente, diciendo la verdad...» La Cámara de Apelaciones al desestimar, confirma que las objeciones sobre la prueba, incluyendo la valoración específica de testimonios como el de María Silvia, no constituyen causales suficientes para declarar la nulidad del fallo.
Tras la confirmación de este rechazo, se hace imperativo que la justicia revise una serie de actividades que podrían constituir fraude al Estado, vinculadas a Gustavo Monti como proveedor. Específicamente, se exige que se investiguen situaciones como el Acueducto de Gran Tulum, la provisión de caños y el papel desempeñado por la firma PVC San Juan. A propósito de la mencionada, la Cámara consideró que la mención y valoración del patrimonio de PVC San Juan SRL fue pertinente para contextualizar la actividad pública del actor (Monti) y no una extralimitación procesal, ya que el actor mismo introdujo esa información al demandar.
Pero el fondo del asunto es la libertad de Expresión. Aunque la inclusión de Monti como «persona pública» fue debatida, la Cámara determinó que la materia tratada (licitaciones, contratos estatales, manejo de empresas) es de alto interés público, lo que exige un mayor margen de tolerancia a la crítica periodística y en cuanto a la Real Malicia, se confirmó la aplicabilidad de la doctrina. El actor no logró demostrar que el periodista (Benmuyal) «conociera la falsedad de lo publicado o actuara con notoria despreocupación». A modo de conclusión, la Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por daños y perjuicios, manteniendo que las publicaciones periodísticas estaban amparadas por la libertad de expresión en el contexto de figuras relacionadas con el ámbito público y económico. Todo ello fue impecablemente defendido por el abogado patrocinante de Benmuyal, el Dr Marcelo Arancibia.
Un mal día para Gustavo Monti en tribunales, ya que esta misma mañana enfrentó una denuncia por defraudación presentada por un ex trabajador de Radio La Voz, relacionada con la retención de un vehículo que supuestamente formaba parte de un acuerdo salarial.
Aunque Monti y el ex trabajador llegaron a un acuerdo, lo que realmente captó la atención fue el trato preferencial que recibió Monti durante la audiencia. La jueza Gloria Chicón prohibió la toma de fotografías del empresario y, a petición de Monti, solicitó a cada periodista presente que se identificara detalladamente, incluyendo su nombre completo y el medio para el que trabajaban.
Sin dudas que esta payasada propia del «actor», fue consentida por la Jueza asumida en la gestión del ex Gobernador Uñac (primo segundo de Monti). Por lo que se asoma en el horizonte, el poderoso y solvente empresario, pasará muchas jornadas frente a los estrados judiciales. Varias de sus causas están a punto de prescribir o ya prescribieron, como habría ocurrido con una que estaba en la Justicia Penal en su momento en la orbita de Olivares Yapur, por varios cheques sin fondo emitidos por este sujeto cuando incursionó en el negocio de la venta de hierro.
Pero lo importante de todo esto es que aparecerá alguien que inicie los procesos correspondientes para que el reino se Sergiolandia y su primo, no queden impunes por el paso del tiempo. Nos atrevemos a adelantarles que en las próximas horas, sabremos quien se hará cargo de mantener viva la esperanza de justicia en todas estas causas.









