
Oficializan requisitos para tenencia civil de fusiles y carabinas símil asalto
La medida se formalizó a través de la Resolución 37/2025 del Registro Nacional de Armas (RENAR).
El Gobierno nacional oficializó este martes los requisitos que deberán cumplir los legítimos usuarios para adquirir y poseer armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y pon, símil fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto de calibre superior al .22 LR.
La medida se formalizó a través de la Resolución 37/2025 del Registro Nacional de Armas (RENAR), organismo que reemplazó a la ANMAC.
Esta resolución reglamenta el Decreto 397/25, que había eliminado la prohibición de tenencia de estos materiales para legítimos usuarios y había encargado al RENAR establecer un «régimen de autorización y control especial».
En este contexto fue consultado el Secretario de Seguridad, Enrique Delgado, quien aclaró que: «Cualquier persona no puede adquirir un fusil semiautomático, hay que cumplir una serie de requisitos».
«comprar un arma tiene que acreditar un legítimo usuario por cinco años, y en esa calidad de legítimo usuario por cinco años no tener sanción administrativa o algún proceso sancionatorio en trámite. Acreditar también el uso para actividad deportiva, entonces tiene que llevar un certificado que puede ser expedido por cualquier institución que se dedica al tema de los polígonos, y donde esa institución va también, porque esto es nuevo, va a recibir las instrucciones de cómo puede expedir un certificado a una persona que concurre al establecimiento y hace tiro por cuestiones deportivas, certificado para uso deportivo.»
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