Abogados podrán informarse sobre saldos bancarios disponibles y pedir cobro
Desde el lunes 20 de abril entró en vigencia la resolución 5 de la Corte de Justicia que habilita los pagos bancarios. Las consultas deben realizarse al juzgado de origen de la causa.
En comunicación con Claridad en las Noticias -Primera Edición- , el juez civil y presidente del Colegio de Magistrados, Carlos Fernández Collado, brindó detalles sobre la Resolución 5 de la Corte de Justicia.
«Lo que posibilita esta resolución, no solo para el abogado que recibe honorarios, sino para su cliente que puede percibir capital y que quedó disponible antes de iniciarse la feria. Se pueda lograr su percepción, a través de una petición que se dirige al correo oficial de cada juzgado donde está la causa, a los fines de chequear si existen fondos en esa cuenta. Si los fondos están disponibles, se hace el pago desde el Juzgado en forma electrónica, con una comunicación al banco donde se transfiere a la cuenta del solicitante. Ese es más o menos el mecanismo a grandes rasgos», detalló Fernández Collado.
Por otro lado, el doctor Fernández Collado comentó «en esta decisión, que comenzó a regir desde ayer, he tenido cuatro presentaciones de distintos abogados, uno de ellos que lleva 8 juicios de ejecución. En algunos simplemente le hemos informado y en otros que vienen cobrando mes a mes, directamente pedía el informe de los fondos. Es una situación que se da sobre todo en el foro laboral, en el foro de la Justicia de Paz. Ahí se agiliza la gestión».
Para finalizar destacó que para que el pago sea efectivo el trámite de ejecución de la sentencia tiene que estar terminado. «Si está firme y consentido en su trámite, y se ha ejecutado la sentencia y lo fondos están disponibles, no hay inconvenientes, pero si hay que resolver una medida judicial, si está condicionado, no se pueden liberar los fondos. Ese es más o menos el esquema general de trabajo», finalizó el presidente del Colegio de Magistrados.