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El Gobierno discute si incluye a Estados Unidos en la lista de países para la cuarentena

Por eso, el decreto que sanciona a las personas que violen la cuarentena no saldría hasta mañana. Las penas llegarían hasta los 15 años de prisión.

Alberto Fernández advirtió este miércoles que la auto-cuarentena para quienes arriben al país de países de alta circulación de coronavirus no será más voluntaria, sino que quienes no la cumplan serán penados con hasta 15 años de presión. En consecuencia, los funcionarios de Salud dejaron trascender que esta misma tarde estaría el decreto que vincule al virus con los artículos 202 y 203 del código penal.

«La persona que cumple esa cuarentena de 14 días después de viajar, tiene la obligación de recluirse en soledad en su casa. No será voluntario como es hasta ahora, sino que tendrá consecuencias y, si no lo cumple, estaría incurriendo en un delito», dijo a radio FM Delta el presidente.

Sin embargo, LPO pudo saber que la sanción del decreto se trabó por una discusión respecto de la lista de los países de riesgo, en particular respecto de los Estados Unidos. Hubo trascendidos de que estaba incluido, pero en el gobierno sigue en debate su inclusión.

Hasta ahora el Ministerio de Salud informa en su página web que los países de riesgo son China, Japón, Corea del Sur, Irán y Estados Unidos. Además, incluyó a todos los integrantes de Europa, independientemente de la cantidad de casos registrados en cada uno de ellos, es decir, prácticamente la totalidad de los países desarrollados.

La estrategia de la cuarentena obligatoria tiene puntos en común y disidencias con los de otros de la región. Por ejemplo, el gobierno de Chile resolvió directamente prohibir la llegada de vuelos provenientes de Italia y España provisoriamente. Por el momento, Alberto Fernández solo señaló que se estudia frenar los vuelos provenientes de Italia.

Los artículos 202 y 203 del código penal señalan que «Será reprimido con reclusión o prisión de tres a quince años, el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas» y «Cuando alguno de los hechos previstos en los artículos anteriores fuere cometido por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo, se impondrá multa de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) a PESOS CIEN MIL ($ 100.000); si tuviere como resultado enfermedad o muerte se aplicará prisión de SEIS (6) meses a CINCO (5) años», respectivamente.

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