Nacionales

Caso Maldonado: la Cámara ordenó investigar un posible abandono de persona

El tribunal federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia resolvió reabrir la causa que había archivado el juez Gustavo Lleral. Descartó que haya existido el delito de desaparición forzada de persona, pero dejó abierta la posibilidad de que uno o más gendarmes –como así también algún miembro de la comunidad mapuche- hayan abandonado a Maldonado en las aguas del río Chubut

«Consideramos que se investigó una única hipótesis delictiva –aquí definitivamente descartada- sin que haya sido objeto de valoración y pronunciamiento algún posible nexo causal entre cualquier omisión de personal de Gendarmería o de quienes se introdujeron en el río con Maldonado». Con esas palabras, en un fallo de 15 páginas al que accedió Infobae, la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia ordenó reabrir la investigación por la muerte de Santiago Maldonado para determinar si los efectivos de Gendarmería cometieron el delito de abandono de persona.

En una decisión judicial de alto impacto, la Cámara resolvió revocar la resolución del juez federal de Rawson, Gustavo Lleral, y le ordenó avanzar con una serie de medidas de prueba tendientes a determinar con precisión las circunstancias en que se produjo la muerte de Maldonado. En el mismo fallo, la Cámara descartó que haya existido el delito de desaparición forzada de persona, pero dejó abierta la posibilidad de que uno o más gendarmes –como así también algún miembro de la comunidad mapuche- hayan abandonado a Maldonado en las aguas del río Chubut. Por eso mismo, revocó el sobreseimiento del gendarme Emmanuel Echazú.

El Gobierno creía que se trataba de un tema cerrado y vuelve a aparecer justo ahora, en medio de una campaña electoral sumamente adversa para el oficialismo a partir del resultado de las PASO. La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, siempre realizó una férrea defensa de los efectivos de Gendarmería que participaron del procedimiento en el Pu Lof de Cushamen y de la fuerza en general.

Santiago Maldonado desapareció el 1 de agosto de 2017 durante un procedimiento realizado por personal de Gendarmería para desalojar la ruta 40.

Los camaristas Javier Leal de Ibarra, Aldo Suárez y Hebe Corchuelo de Huberman sostuvieron que la investigación judicial de primera instancia se dividió en dos etapas. Una se llevó adelante durante la búsqueda de Maldonado y la segunda se inició a partir de la aparición de su cuerpo el 17 de octubre. En el escrito, cuestionaron al juez Lleral por no haber avanzado sobre otras hipótesis que no fueran la desaparición forzada.

«El magistrado interviniente entendió que el objeto procesal de esta causa quedó ceñido a la desaparición forzada de Santiago Maldonado, así fue que habiendo despejado tal circunstancia dispuso el sobreseimiento de Emmanuel Echazu, quien había comparecido voluntariamente a proceso y rechazó las pruebas ofrecidas por las partes procediendo de ese modo a una suerte de archivo de las actuaciones por inexistencia de delito», explicaron los camaristas. Y le ordenaron profundizar la investigación para confirmar la inexistencia de delito.

En noviembre de 2018, el juez Lleral cerró los dos expedientes por la desaparición de Santiago Maldonado y sobreseyó de forma total y definitiva al gendarme Emmanuel Echazú.

En aquella oportunidad el juez sostuvo que no encontró responsabilidades penales en la actuación de la Gendarmería y ordenó archivar la causa en el juzgado de Esquel. Lo hizo tras conocer la última pericia sobre el DNI de Santiago Maldonado que arrojó que no se encontraron «evidencias objetivas que indicaran que ese documento no hubiera estado sumergido en el agua por un período de hasta 90 días».

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba
Abrir chat
1
Envíanos tu mensaje de audio x WhatsApp
Hola! 👋 Puedes enviarnos tu mensaje de audio por WhatsApp