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Postergan hasta el 16 de octubre la suba de impuestos y por ahora los combustibles no aumentan

A través del Decreto 783/2020, el presidente Alberto Fernández dispuso aplazar el ajuste establecido por la fórmula de actualización vinculada al IPC ordenada en la Ley 23966.

Con la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 783/2020, el Gobierno disipó finalmente las versiones que circularon incesantemente el día de ayer respecto al precio de los combustibles.

La medida establece que “el incremento en los montos de impuesto correspondiente al primer trimestre calendario del año 2020, en los términos del artículo 7° del Anexo del Decreto N° 501 del 31 de mayo de 2018, surtirá efectos para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, desde el 16 de octubre de 2020, inclusive, suspendiéndose toda otra actualización hasta el 1° de diciembre de 2020”.

De este modo, si se hubieran trasladado en su totalidad únicamente los aumentos de impuestos, el precio en surtidor debería haberse incrementado, para el caso de naftas 3,2 por ciento y en gasoil 2,3 por ciento, ya que de acuerdo al índice de precios al consumidor publicado durante el primer trimestre, la inflación acumulada fue del 7,6 por ciento y la del segundo trimestre 5,2 por ciento, totalizando 12,8 por ciento de aumento pendiente.

Vale recordar que tras 9 meses de congelamiento, las petroleras aplicaron en agosto un ajuste en los valores de los productos del 4.5 y hace tan solo 10 días atrás, un 3.5 por ciento en todo el país.

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